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Seguro

Seguro Estudiantil

El Colegio proporciona a sus estudiantes un seguro de accidentes.

Garantía de Escolaridad

Para todos, nuestros hijos son lo primero y por ello la Institución ha desarrollado  sistemas que garanticen en lo posible su futuro, su estabilidad y su continuidad escolar ante  una circunstancia inesperada. Por ello, en el caso de fallecimiento del padre o la madre del  alumno/os, estos podrán continuar y finalizar sus estudios en el Colegio donde estuvieran  matriculados. 

A continuación, se resumen las características del servicio complementario que el  colegio ofrece a todos sus alumnos: 

Titular: Será el padre o la madre del alumno que se inscriba como titular de la  Garantía de Escolaridad en la solicitud anual de inscripción o matrícula. La edad máxima  admitida es de 60 años. 

Beneficiarios: Son los alumnos matriculados en el colegio, dependientes del  Titular, a la fecha del fallecimiento del mismo. 

Cobertura: La garantía es un servicio complementario que ofrece el centro dentro  del costo de la propia colegiatura (enseñanza reglada) y cubre exclusivamente el valor de la  matrícula, colegiatura y alimentación del alumno cuando proceda, durante el curso escolar. 

Los beneficios comienzan desde el mes siguiente a la declaración de deceso del  Titular, hasta el término del proceso escolar normal del alumno (sin repetir ningún curso)  en el colegio en el que se encuentra matriculado. Bajo ninguna circunstancia se garantiza  la continuidad escolar en un centro educativo que no forme parte de la Institución  Internacional SEK. La Garantía de Escolaridad no es susceptible de valoración económica 

de ninguna especie en caso de que por causas de fuerza mayor el servicio se suspendiera temporalmente o dejase de prestarse. 

La Garantía de Escolaridad será otorgada previo análisis de las circunstancias y  requisitos que se produzcan en cada caso, para lo cual el colegio podrá solicitar la  información que considere oportuna. 

Exclusiones: No se podrán otorgar los beneficios antes mencionados: 

  1. En los casos de enfermedades del Titular de carácter grave o terminal existentes  en el momento de inscribirse por primera vez como Titular. El Colegio se reserva el  derecho de valorar discrecionalmente el carácter grave o terminal de una enfermedad  preexistente. 
  2. En aquellos casos en los que exista algún tipo de irregularidad económica con el  centro en el momento de deceso del Titular. 
  3. Cuando el contrato de enseñanza que une al Titular con el colegio no se  encuentre en vigor, o cuando habiendo finalizado el curso escolar, el Titular no haya  renovado plaza para el siguiente curso. 
  4. En los casos en los que el Titular no pueda demostrar un derecho de  primogenitura o de representación legal a favor del alumno matriculado. 

El colegio se reserva el derecho de modificar las características de los beneficios,  coberturas y exclusiones que ofrece este servicio, comunicándolo convenientemente a los  Titulares de la Garantía de Escolaridad. 

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